El presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero, el del Cabildo de Gran Canaria, José Miguel Bravo de Laguna, y el alcalde de San Bartolomé de Tirajana, Marco Aurelio Pérez, asistieron hoy a la jornada divulgativa sobre el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de este municipio.
Ponencia de Ricardo Fernández de la Puente
Durante la jornada, el viceconsejero de Turismo del Gobierno de Canarias, Ricardo Fernández de la Puente, matizó en su ponencia denominada Líneas fundamentales de la Ley de Renovación y Cualificación Turística que “la futura normativa busca la cualificación de las urbanizaciones, núcleos y productos turísticos de Canarias mediante la renovación y diversificación de su oferta, la especialización de usos y la modulación del crecimiento de la planta turística”.
Los objetivos de esta ley se centran en los siguientes aspectos:
a)Ordenar y modular el crecimiento ligado a la mejora
de la calidad de la planta disponible e implantación de nuevos equipamientos
b)Incrementar
calidad y categoría de los establecimientos
c)Evitar y/o reconducir la residencialización de
las áreas turísticas
d)Dotar a la Administración de instrumentos jurídicos eficaces
Incentivar
Asegurar el cumplimiento de los deberes de conservación – rehabilitación- uso
efectivo de los establecimientos
e)Recuperar la imagen de los núcleos turísticos consolidados
f)Favorecer gestión pública coordinada y plazos razonables
La Ley 6/2009 de 6 de mayo de Medidas Urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo supuso un fuerte impulso para la renovación turística. Esta norma planteó un conjunto de medidas e incentivos para la renovación y mejora de la calidad de la oferta turística, así como del espacio público de los núcleos turísticos consolidados, que se han ido incorporando mediante diferentes convenios urbanísticos a los Planes de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad del sector turístico.
Ricardo Fernández de la Puente Armas explicó que “el Gobierno de Canarias considera que la cualificación del espacio turístico va más allá de los establecimientos privados, por lo que es fundamental apostar, también, por la renovación urbana, entendiendo ésta como la regeneración integral de las urbanizaciones y núcleos turísticos de Canarias mediante intervenciones públicas y privadas”.
La futura Ley contemplará, entre otros aspectos, cómo excepciones a los límites del crecimiento de plazas turísticas de alojamiento en las Islas de Lanzarote, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife, a aquellos proyectos que dispongan de licencia urbanísticas y que tengan por objeto:
-La renovación edificatoria de establecimientos turísticos.
-La
materialización de plazas turísticas procedentes de proyectos de renovación.
-Los hoteles de
categoría cinco estrellas gran lujo.
-Los establecimientos de alojamiento en cualquier
modalidad y tipología que provengan de las operaciones de especialización de usos programados por el
planeamiento para separar los usos turísticos y residenciales.
Esta ley, tal y como puso de manifiesto el viceconsejero de Turismo del Gobierno de Canarias, sucederá a la prórroga de la Ley de Medidas Urgentes, que finaliza el 13 de diciembre del presente año. Se trata de agilizar y simplificar la cualificación turística, no sólo de los alojamientos sino también de la oferta complementaria. También trata de impulsar la renovación urbana, no sólo de establecimientos privados, y reducir usos residenciales en suelos turísticos.
Por otra parte,
los nuevos establecimientos alojativos deberán acreditar la previa suscripción de un convenio con el
Servicio Canario de Empleo para que, al menos durante seis años desde la apertura, el 70% de los
trabajadores sea seleccionados y formados por el Servicio Canario de Empleo.
En el marco
de la jornada divulgativa del Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de San
Bartolomé de Tirajana, el viceconsejero de Turismo precisó que “a efectos de incrementar el proceso
de cualificación, la presente ley ajusta la gama de incentivos que la Ley de Medidas Urgentes
preveía. Así, a los incentivos en materia de plazas adicionales se añaden, los de incremento en la
edificabilidad y cumplimiento matizado de los estándares de densidad de parcela a los
establecimientos que ahora procedan a la renovación, además de la posibilidad de aplicar incentivos
de carácter económico”.
Además, el Ejecutivo autónomo considera que es preciso dotar a la administración actuante de medios eficaces para remover los obstáculos que puedan interponerse en la marcha de las iniciativas para la cualificación, reforzando los mecanismos de intervención y posibilitando la sustitución de establecimientos deteriorados, o donde el uso turístico se haya alterado, por otros de mayor calidad y categoría.
En este sentido, “la Ley parte del deber que tienen los titulares de establecimientos y actividades turísticas de mantener, conservar, mejorar y rehabilitar los inmuebles e instalaciones en las condiciones requeridas para el uso efectivo establecido por la normativa turística y el planeamiento; y proporciona técnicas administrativas efectivas para que, cuando concurran las condiciones establecidas, puedan imponerse por la Administración las actuaciones de conservación, mejora y rehabilitación”, apuntó el viceconsejero de Turismo.
Inspecciones técnicas
La nueva ley pone en marcha, además, un mecanismo de control indirecto y a cargo de los titulares consistente en la obligación de presentar periódicamente ante la administración un informe a emitir por entidades acreditadas, relativo al estado de conservación y uso efectivo de los establecimientos. Las inspecciones técnicas se convierten así en un mecanismo eficaz de colaboración con la Inspección Turística, actuando ésta en los casos de incumplimiento.
Otro de los desafíos que aborda la nueva regulación es la reconducción de la residencialización de los establecimientos turísticos, que afecta a varias zonas de nuestros núcleos turísticos. Para ello, la ley, tras declarar el deber de atenerse al uso efectivo que ostenten las parcelas turísticas según el planeamiento y las autorizaciones obtenidas, ofrece diversos criterios para la especialización de las distintas áreas en el uso más adecuado, residencial o turístico.
La normativa también recoge la nueva ordenación urbanística de las villas destacando que el planeamiento de las zonas turísticas podrá delimitar áreas destinadas al uso turístico en la modalidad de villas.
El viceconsejero de Turismo del Gobierno de Canarias destacó durante su intervención que “la ley incorpora una figura demandada por el sector empresarial como es la del condominio, entendiéndose por esto, aquellos establecimientos turísticos de alojamiento cuya titularidad se encuentra dividida en diferentes unidades registrales, indivisas, sobre una finca cuya gestión se encomienda a una empresa”.
En materia de planeamiento, la nueva ley potencia los Planes de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad reforzando sus aspectos más relevantes y ratifica su carácter ejecutivo y alcance, manteniendo su tramitación ágil y su carácter sustitutorio respecto al planeamiento vigente.
ACFI PRESS